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Este texto analiza la decisión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en México sobre la responsabilidad de los motores de búsqueda en el tratamiento de datos personales, contrastándola con la legislación de la Unión Europea. El autor argumenta que la decisión de la SCJN no protege adecuadamente los derechos de privacidad en el ciberespacio.

Resumen:

  • La SCJN, en el Amparo en Revisión 767/2023, determinó que los motores de búsqueda (Google, Bing, Yahoo, DuckDuckGo, Baid) no son responsables del tratamiento de datos personales, considerándolos meros intermediarios.
  • Esta decisión contrasta con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea, que sí considera a los motores de búsqueda responsables. Se cita el caso Google Spain (2014) y el "derecho al olvido" como ejemplo.
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  • En México, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados contempla el derecho de cancelación y oposición, pero esto no garantiza la eliminación de la información en internet.
  • La autora argumenta que la decisión de la SCJN dificulta el ejercicio de los derechos de privacidad, obligando a los afectados a recurrir al Poder Judicial, un proceso costoso y lento.
  • Se critica la postura pasiva que la SCJN atribuye a los intermediarios digitales, argumentando que estos tienen un rol activo en la indexación, organización y control de la información en la red.

Conclusión:

  • La decisión de la SCJN genera incertidumbre en la protección de datos personales en México.
  • La falta de un "derecho al olvido" explícito en la legislación mexicana deja a los usuarios con pocas herramientas para proteger su privacidad online.
  • El autor aboga por una mayor responsabilidad de los intermediarios digitales en la protección de datos, alineada con las legislaciones más progresistas como la de la Unión Europea.
  • Se requiere una regulación más robusta en México para equilibrar la libertad de expresión con los derechos de privacidad en el ámbito digital.
Sección: Tecnología

 Este análisis con resumen se realiza con IA (🤖) y puede tener imprecisiones. leer el texto original 📑

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