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El texto de Jorge Bravo, fechado el 19 de Septiembre de 2025, analiza la reciente resolución de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la no autoría de las obras generadas por Inteligencia Artificial (IA) bajo la Ley Federal de Derechos de Autor (LFDA). El autor explora las implicaciones de esta decisión, comparándola con enfoques internacionales y planteando interrogantes sobre el futuro de la creatividad y la innovación en la era digital.

La SCJN resolvió que las obras generadas de manera autónoma por IA no califican para el registro de derechos de autor.

📝 Puntos clave

  • La SCJN rechazó el registro de derechos de autor para la obra digital "Avatar Virtual", generada con la plataforma de IA Leonardo, argumentando que el derecho de autor está ligado a la creatividad humana.
  • En Estados Unidos, la Oficina de Derechos de Autor (USCO) exige "autores humanos" para proteger una obra, rechazando creaciones puramente generadas por máquinas.
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  • El Reino Unido contempla los "computer-generated works" bajo ciertas condiciones, considerando autor a quien realiza los "arreglos necesarios".
  • La Unión Europea exige una "creación intelectual propia" del autor humano, sin consenso sobre si las producciones de IA autónoma cumplen este requisito.
  • Se plantea la cuestión de cómo tratar las producciones mixtas (IA + humano) y qué nivel de intervención humana es necesario para la protección de derechos de autor.
  • La resolución de la SCJN genera preguntas sobre si la LFDA debería reformarse para incluir obras asistidas por IA y si deberían crearse derechos conexos o sui generis para reconocer la inversión en innovación tecnológica.
  • Se discuten las implicaciones de limitar la autoría a personas físicas, incluyendo el posible desaliento a la inversión en IA y la necesidad de adaptar las leyes al cambio tecnológico.
  • Se mencionan las revisiones en curso en el Reino Unido y la Unión Europea sobre la regulación de obras generadas por computadora y la transparencia en el uso de IA.

Lo malo y lo bueno 👎👍

¿Qué aspectos negativos se pueden identificar en la postura de la SCJN, según el autor?

La postura de la SCJN, aunque aporta claridad legal, podría desalentar la inversión en IA, modelos creativos híbridos y el desarrollo tecnológico nacional, al limitar la autoría a personas físicas. Además, podría considerarse discriminatorio excluir las creaciones de entidades no físicas como la IA.

¿Qué aspectos positivos destaca el autor sobre la resolución de la SCJN?

La resolución de la SCJN sienta un precedente firme al reafirmar que la LFDA exige originalidad ligada a la individualidad del autor humano, lo que aporta claridad legal y predecibilidad en un contexto de rápida evolución tecnológica.

Sección: Tecnología

 Este análisis con resumen se realiza con IA (🤖) y puede tener imprecisiones. leer el texto original 📑

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