Este texto analiza la nueva Ley de Evaluación Judicial presentada al Poder Legislativo, destacando sus aspectos innovadores y omisiones. El autor, Enrique Sumuano, Contralor Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, expresa su opinión sobre la ley y su impacto en el Poder Judicial de la Federación.

Resumen:

  • La nueva Ley de Evaluación Judicial establece principios, fines, categorías y perfiles para la carrera judicial, incluyendo procesos de ingreso, formación, promoción, evaluación del desempeño, permanencia y separación del cargo.
  • La ley omite un sistema de evaluación para el servicio profesional de carrera administrativa judicial, especializado en el manejo del gasto público.
  • La evaluación del desempeño se delegará en gran medida a Acuerdos Generales del Órgano de Administración Judicial, en coordinación con la Escuela Judicial y el Tribunal de Disciplina Judicial.
  • Se implementarán evaluaciones individuales y colectivas del desempeño para efectos de promoción.
  • Las once categorías judiciales, desde Oficial Judicial hasta Secretario de Acuerdos de la Corte, serán evaluadas.
  • La ley excluye los cargos de titularidad de Juzgado de Distrito o Tribunal Colegiado de Circuito, en congruencia con la reforma constitucional.
  • La ley debe armonizar la evaluación del desempeño con la permanencia en el cargo, respetando los derechos laborales del personal sindicalizado.
  • Se debe considerar la experiencia del personal actual del Poder Judicial de la Federación en la implementación del nuevo modelo de evaluación.

Conclusión:

  • La nueva Ley de Evaluación Judicial presenta avances significativos en la evaluación del desempeño judicial.
  • La omisión de un sistema de evaluación para el servicio administrativo representa una deficiencia importante.
  • La implementación exitosa de la ley requiere una cuidadosa coordinación entre el Órgano de Administración Judicial, la Escuela Judicial y el Tribunal de Disciplina Judicial.
  • Es crucial considerar la experiencia del personal actual y la armonización con los derechos laborales del personal sindicalizado.
Sección: Política

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