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Este texto del Instituto Mora, fechado el 17 de agosto de 2025, resume y analiza la Opinión emitida por la Corte Internacional de Justicia (CIJ) sobre las obligaciones de los Estados en la protección del medio ambiente frente al cambio climático. El análisis se centra en las implicaciones legales y políticas de esta Opinión, así como en los desafíos para su implementación.

La Opinión de la CIJ refiere explícitamente a la producción y el consumo de combustibles fósiles como actividades que pueden contravenir el derecho internacional.

📝 Puntos clave

  • En septiembre de 2021, Vanuatu solicitó una Opinión a la CIJ sobre la necesidad de actuar contra el cambio climático.
  • El 29 de marzo de 2023, la Asamblea General solicitó formalmente la Opinión a la CIJ sobre las obligaciones de los Estados en la protección del medio ambiente y las consecuencias legales por su daño.
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  • El 23 de julio, la CIJ emitió su Opinión, estableciendo la obligación de los Estados de proteger el medio ambiente de las emisiones de gases de efecto invernadero.
  • La Opinión se basa en compromisos previos en tratados ambientales como la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC), el Protocolo de Kioto, la Convención sobre la Diversidad Biológica (CDB), y el Acuerdo de París, y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
  • Para invocar la responsabilidad de un Estado por daños climáticos, se debe demostrar la atribución del evento al cambio climático antropogénico y el nivel de responsabilidad del Estado en particular.
  • La implementación de la Opinión depende de la cooperación voluntaria o de la acción del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, que puede ser limitada por el veto de sus miembros permanentes.
  • La postura de países como Estados Unidos y China será crucial para la relevancia de esta Opinión.
  • El primer caso presentado ante la CIJ por un Estado insular en busca de justicia climática marcará el camino a seguir.

Lo malo y lo bueno 👎👍

¿Cuál es la principal limitación o aspecto negativo que se identifica en el texto respecto a la Opinión de la CIJ?

La principal limitación es la dificultad en la implementación de la Opinión. A pesar de que los fallos de la CIJ son obligatorios para los Estados que han aceptado su jurisdicción, su cumplimiento depende de la cooperación voluntaria o de la acción del Consejo de Seguridad de la ONU, donde el veto de miembros permanentes como Estados Unidos puede obstaculizar cualquier acción. Además, la necesidad de demostrar la atribución de daños específicos al cambio climático antropogénico y el nivel de responsabilidad de cada Estado representa un desafío significativo.

¿Cuál es el aspecto más positivo o prometedor que se destaca en el texto sobre la Opinión de la CIJ?

El aspecto más positivo es que la Opinión abona a clarificar las obligaciones de los Estados y las consecuencias legales de sus actos en relación con el cambio climático. Aunque no sea vinculante, tiene cierto peso legal y legitimidad política, lo que podría impulsar a los Estados a tomar medidas más serias para reducir sus emisiones y proteger el medio ambiente. Además, el primer caso que se presente ante la CIJ podría sentar un precedente importante y marcar el camino a seguir en la búsqueda de justicia climática.

Sección: Internacional

 Este análisis con resumen se realiza con IA (🤖) y puede tener imprecisiones. leer el texto original 📑

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