El texto de Felipe De La Mata, fechado el 25 de Marzo de 2025, aborda la resolución del TEPJF sobre la distribución de tiempos en radio y televisión para las inéditas elecciones judiciales en México. El artículo analiza el fallo que revoca el acuerdo del INE y establece nuevos parámetros para la distribución, buscando equilibrar el derecho a la información, las prerrogativas de los partidos políticos y la libertad comercial de las concesionarias.

El TEPJF revocó el acuerdo del INE sobre la distribución de tiempos en radio y televisión para las elecciones judiciales.

Resumen

  • El INE asignó tiempos en radio y televisión para las elecciones judiciales (INE/CG188/2025), generando impugnaciones por parte de partidos políticos, televisoras y la CIRT.
  • El INE propuso tres escenarios de distribución, considerando los 48 minutos diarios que administra durante las elecciones para renovar los poderes Legislativo y Ejecutivo.
  • La Sala Superior del TEPJF revocó el acuerdo del INE, argumentando que modificaba indebidamente el modelo constitucional de comunicación política.
  • El TEPJF estableció parámetros para la distribución, respetando las prerrogativas de los partidos políticos y considerando las particularidades de las elecciones judiciales.
  • En estados con elecciones judiciales únicamente, el INE dispondrá de 24 minutos para distribuir entre el Instituto, autoridades electorales y partidos políticos.
  • En Durango y Veracruz, donde también se renuevan ayuntamientos, la distribución se hará a partir de los 48 minutos del INE, sin afectar la pauta de los partidos.

Conclusión

  • Los parámetros aprobados buscan salvaguardar el derecho a la información, evitar la saturación informativa y respetar la libertad de comercio de las concesionarias.
  • Se garantiza que el modelo de comunicación política no se modifique de forma innecesaria e injustificada.
  • La resolución del TEPJF busca dar certeza al proceso electoral judicial, equilibrando los diferentes derechos e intereses en juego.
Sección: Política

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