## Introducción

El texto de Columna Invitada del 4 de agosto de 2024 analiza la inminente extinción de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y la transferencia de sus funciones a la Secretaría de Energía (SENER). El autor argumenta que la CRE no es un órgano constitucional autónomo, sino una dependencia de la Administración Pública Federal, y que su desaparición no implica la eliminación de la función de regulación en México.

## Resumen con viñetas

* El autor sostiene que la CRE, a pesar de ser llamada "órgano regulador coordinado" en la Constitución Política, no es un órgano autónomo, sino una dependencia de la Administración Pública Federal.
* La función de regulación de la energía en México siempre ha correspondido al Ejecutivo Federal, y la SENER puede asumir esta función sin afectar la capacidad del país para mantener un espacio regulatorio confiable.
* La extinción de la CRE no implica la eliminación de la función de regulación del Estado mexicano, ni representa un riesgo para la República.
* El autor reconoce que la CRE ha tenido algunos problemas, como la lentitud en sus procesos y la falta de independencia de algunos de sus miembros.
* Sin embargo, también destaca la importancia de la decisión colegiada en la CRE y la necesidad de asegurar la independencia de los reguladores de los agentes regulados, pero no del gobierno.

## Palabras clave

* CRE (Comisión Reguladora de Energía)
* SENER (Secretaría de Energía)
* Función de regulación
* Administración Pública Federal
* Independencia

 Este análisis con resumen se realiza con IA (🤖) y puede tener imprecisiones. leer el texto original 📑

Un dato importante del resumen es que el autor critica la falta de autonomía del fiscal Alejandro Gertz Manero y su cercanía con el poder presidencial, lo que ha impedido una verdadera reforma en el sistema de procuración de justicia.

El gobierno federal reconoció posibles irregularidades por cerca de 13 mil millones de pesos en la Compra Consolidada de Medicamentos 2025-2026.

El cuento de "Lanchitas" se desarrolla en el Callejón del Padre Lecuona, actualmente República de Nicaragua, en el Centro Histórico de la Ciudad de México.

El texto establece una conexión entre la pena de muerte en Japón y la desaparición forzada en México, sugiriendo que esta última es una forma de pena capital de facto.