## Introducción

El texto de Jorge Chessal, publicado en la columna de opinión del periódico El Heraldo de México el 25 de julio de 2024, analiza la reciente creación del municipio número 59 en San Luis Potosí, Villa de Pozos, y las implicaciones legales y prácticas de esta decisión. Chessal, presidente del Capítulo San Luis Potosí de la Barra Mexicana de Abogados, critica la falta de planificación y la precipitación con la que se ha llevado a cabo este proceso, destacando las posibles consecuencias negativas para los habitantes de Villa de Pozos.

## Resumen

* Chessal argumenta que la creación de un nuevo municipio, aunque parezca sencilla en teoría, requiere un proceso complejo que involucra criterios demográficos, políticos, sociales y económicos, así como la consulta ciudadana.
* La Ley Orgánica del Municipio Libre de San Luis Potosí establece requisitos adicionales, como la solicitud por escrito de los interesados, un censo de población mínimo de 20 mil habitantes, recursos económicos suficientes y la opinión del Ejecutivo estatal y los ayuntamientos afectados.
* A pesar de las suspensiones otorgadas en juicios de amparo promovidos por ciudadanos inconformes con la segregación territorial, el Congreso de San Luis Potosí aprobó la creación de Villa de Pozos el 22 de julio.
* Chessal critica la falta de planificación en la creación del nuevo municipio, señalando que aún no se ha definido cómo se financiará Villa de Pozos ni cómo se gestionará la deuda que se le transferirá del municipio de San Luis Potosí.
* Además, se cuestiona la falta de previsión para la elección de un gobierno municipal, ya que se ha establecido un Concejo por casi tres años sin que se haya contemplado una elección extraordinaria.

## Palabras clave

* Municipio
* San Luis Potosí
* Villa de Pozos
* Ley Orgánica del Municipio Libre
* Juicio de amparo

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