## Introducción

El texto, escrito por Felipe De La Mata el 16 de Julio del 2024, analiza la decisión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) de declarar inelegible a un candidato ganador de una diputación federal por estar inscrito en el registro de deudores alimentarios morosos. Este fallo sienta un precedente importante en la relación entre la responsabilidad familiar y la participación política.

## Resumen

* El TEPJF declaró inelegible al candidato ganador de una diputación federal debido a que estaba inscrito en el registro de deudores alimentarios morosos, priorizando la justicia familiar y el interés superior de la niñez.
* Esta decisión se basa en la reforma constitucional del 29 de mayo del 2023, que establece la suspensión de los derechos de ciudadanía para quienes sean declarados deudores alimentarios morosos, impidiéndoles ser candidatos a cargos de elección popular.
* El candidato electo, a pesar de haber pagado su deuda alimentaria en febrero de 2024, no logró completar el proceso judicial de eliminación del padrón antes de la fecha límite de registro de candidaturas.
* El TEPJF ratificó su criterio de que los aspirantes a cargos públicos deben estar al corriente en el pago de pensiones alimentarias antes de solicitar el registro de candidatura.
* Este fallo refuerza el deber constitucional de cumplir con las obligaciones alimentarias y actúa como un incentivo para promover una cultura de responsabilidad y respeto a los derechos de los más vulnerables.

## Palabras clave

* TEPJF
* Deudores alimentarios morosos
* Inelegibilidad
* Responsabilidad familiar
* Interés superior de la niñez

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