El texto de Carla Calderón, publicado el 6 de Febrero de 2025, analiza la necesidad de una regulación integral de la salud digital en México. Se destaca la falta de una definición legal para "salud digital" a pesar de los esfuerzos regulatorios fragmentados en áreas específicas.

La regulación actual en México se basa en leyes pensadas para interacciones presenciales, lo que resulta inadecuado para las aplicaciones digitales de salud.

Resumen

  • Se han realizado reformas regulatorias fragmentadas en México para aplicaciones de salud digital como el expediente clínico electrónico, la atención médica a distancia, la receta digital y el Software como Dispositivo Médico (SaMD).
  • La NOM-024-SSA3-2012 regula aspectos técnicos del Expediente Clínico Electrónico, pero no aborda la salud digital en su totalidad.
  • La Ley General de Salud considera la atención médica a distancia, pero carece de regulaciones secundarias específicas. Un proyecto de NOM en 2015 fue cancelado.
  • La Dirección de Telesalud del Centro Nacional de Excelencia en Tecnología de la Secretaría de Salud ha publicado lineamientos no obligatorios para la prestación de servicios de salud a distancia.
  • La falta de una regulación integral genera incertidumbre jurídica y dificulta la innovación en el sector.
  • La regulación es necesaria para proteger la salud de los pacientes, la privacidad y la propiedad industrial.

Conclusión

  • Es crucial crear un marco regulatorio completo y consistente para la salud digital en México.
  • Esta regulación debe dar certeza jurídica a los actores del sector, promover la innovación y proteger los derechos de los pacientes.
  • La colaboración entre Gobierno, empresas y usuarios es esencial para aprovechar las aplicaciones de la salud digital de manera segura y responsable.
  • La falta de regulación integral representa un riesgo para la salud pública y el desarrollo tecnológico en el sector salud.
Sección: Política

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