La elemental diferencia entre opiniones y sentencias: la deriva de la SCJN
Felipe De La Mata
El Universal
SCJN ⚖️, TEPJF 🗳️, Reforma Judicial 🏛️, Competencias 🤝, Inconducente 👎
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El texto de Felipe De La Mata, fechado el 20 de mayo de 2025, analiza la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre un conflicto de competencias entre el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y juzgadores de amparo en relación con la implementación de la reforma judicial. El autor critica la resolución de la SCJN, argumentando que es inconducente, contradictoria y carente de rigor técnico.
La SCJN considera las sentencias del TEPJF como "opiniones" que no invalidan suspensiones de amparo.
📝 Puntos clave
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❓ Conclusiones FAQ
La falta de rigor técnico y las contradicciones en la sentencia de la SCJN, que considera las decisiones del TEPJF como meras "opiniones" a pesar de su carácter definitivo e inatacable.
La reafirmación, aunque sea implícita, por parte de la SCJN de que el TEPJF es la máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral y que el juicio de amparo es improcedente en esta área, lo cual valida las premisas del TEPJF sobre la improcedencia de suspender el proceso electoral.
 Este análisis con resumen se realiza con IA (🤖) y puede tener imprecisiones. leer el texto original 📑
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