El texto de Felipe Fuentes Barrera, fechado el 21 de marzo de 2025, aborda la reciente resolución del Tribunal Electoral sobre el tiempo de difusión que el INE tendrá para promover la elección judicial en curso. El autor analiza la decisión del tribunal, que difiere del modelo de comunicación política utilizado en elecciones ordinarias.

El Tribunal Electoral determinó que el INE administrará 24 minutos diarios para la difusión del proceso electoral judicial, en lugar de los 48 minutos habituales.

Resumen

  • El texto destaca la importancia de la promoción electoral para garantizar la participación ciudadana y el voto informado.
  • La Sala Superior del Tribunal Electoral resolvió un asunto relacionado con el tiempo de difusión del INE para la elección judicial.
  • En elecciones ordinarias, el INE administra 48 minutos diarios de tiempos del Estado para promoción electoral, distribuidos entre partidos políticos, candidatos y la propia autoridad electoral.
  • El Tribunal Electoral determinó que el modelo de comunicación política para elecciones ordinarias no es aplicable de manera análoga a la elección judicial, ya que no existe una norma que faculte al INE a administrar 48 minutos diarios en este contexto.
  • Además, en la elección judicial no participan partidos políticos ni candidatos impulsados por ellos.
  • El INE administrará 24 minutos diarios para la difusión del proceso electoral judicial a nivel federal y estatal.
  • En los estados de Veracruz y Durango, donde habrá elecciones municipales además de las judiciales, el INE contará con los 48 minutos habituales.
  • La decisión del Tribunal Electoral busca el voto informado sin entorpecer la labor comunicativa del Estado mexicano en otros ámbitos.
  • El Tribunal Electoral continúa brindando certeza jurídica en cada etapa de esta elección hasta que cada persona electa asuma el cargo judicial el 1 de junio.

Conclusión

  • La decisión del Tribunal Electoral refleja una interpretación del orden jurídico que busca coherencia y correspondencia con la realidad específica de la elección judicial.
  • La administración de menor tiempo de difusión por parte del INE se considera acorde con el diseño de este proceso inédito, que requiere menor protagonismo de la radio y televisión y mayor énfasis en las redes sociales.
  • El autor concluye que la decisión del Tribunal Electoral representa una "justa medianía" que vela por el voto informado sin obstaculizar la comunicación estatal en otros ámbitos.
Sección: Política

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