El texto de Carlos Marín, escrito el 24 de enero de 2025, analiza la controversia entre el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y un juez de Distrito en Michoacán sobre la suspensión de los procesos de selección de candidatos a jueces, magistrados y ministros en México. El autor argumenta sobre la competencia para resolver controversias derivadas de la reforma al Poder Judicial.

El juez de Distrito en Michoacán tiene la razón al suspender los procesos, ya que la controversia se centra en la reforma constitucional, no en un tema electoral.

Resumen

  • El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las suspensiones dictadas por el juez Primero de Distrito en Michoacán, argumentando que el juez no tiene competencia en temas electorales.
  • El juez de Distrito argumentó que las demandas de amparo se presentaron contra la "reforma judicial", que modificó la Constitución, y que por lo tanto, él sí tiene competencia.
  • El autor explica que toda la Constitución es materia constitucional, y que los tribunales federales, incluyendo los jueces de Distrito y la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tienen la facultad de interpretar la Constitución y resolver demandas contra sus reformas.
  • La suspensión del juez abarca todo lo incluido en las modificaciones constitucionales, incluyendo la parte relacionada con los Comités de Evaluación.
  • La presidenta Sheinbaum apoyó la postura del TEPJF en la mañanera del 23 de enero.
  • El autor concluye que el juez de Distrito tiene la razón, ya que la suspensión se basa en una controversia sobre la reforma constitucional, y no en un tema electoral, aunque las consecuencias puedan repercutir en el ámbito electoral.

Conclusión

  • La controversia refleja la complejidad de la interpretación constitucional en México.
  • La decisión final tendrá implicaciones significativas para el proceso de selección de jueces, magistrados y ministros.
  • La postura de la presidenta Sheinbaum evidencia la politización del tema.
  • El análisis de Marín destaca la importancia de comprender la naturaleza constitucional de la controversia para determinar la competencia de los tribunales.
Sección: Política

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