## Introducción

El texto de María Amparo Casar, publicado el 31 de julio de 2024, analiza la polémica decisión de la coalición Seguimos Haciendo Historia de obtener una sobrerrepresentación en la Cámara de Diputados. La autora expone los argumentos a favor y en contra de esta medida, destacando la contradicción entre la literalidad del artículo 54 de la Constitución y la intención del legislador.

## Resumen con viñetas

* María Amparo Casar argumenta que la sobrerrepresentación de la coalición Seguimos Haciendo Historia en la Cámara de Diputados, que podría alcanzar el 74% con solo el 54% de la votación, es una decisión trascendente que podría llevar a un hiperpresidencialismo.
* El oficialismo se basa en la interpretación literal del artículo 54 de la Constitución, que establece un límite de sobrerrepresentación para los partidos, pero no para las coaliciones.
* Expertos constitucionales y electorales argumentan que la intención del legislador en 1996 era tratar a las coaliciones como un solo partido, por lo que la literalidad del artículo 54 no debería aplicarse.
* Se critica la asignación de asientos por parte de la Secretaría de Gobernación, que favorece a partidos como el PVEM y el PT en detrimento de otros como el PAN y MC, distorsionando la voluntad popular.
* Ciro Murayama señala que la distribución de los plurinominales viola el principio de un ciudadano, un voto, ya que un voto por el PT valdría más que un voto por otros partidos.
* Olga Sánchez Cordero en 1998, en un proyecto votado por unanimidad en la SCJN, argumentó en contra de la sobrerrepresentación artificial del PRI.
* Se proponen dos alternativas para evitar la sobrerrepresentación: una interpretación "jurídica, histórica, teleológica, garantista y sistemática" del artículo 54 de la Constitución y la aplicación literal de la fracción I del mismo artículo, que limita el acceso a la representación proporcional a los partidos que hayan ganado al menos 200 distritos.
* Diego Valadés argumenta que, según la literalidad del artículo 54, solo MC tendría derecho a la representación proporcional, lo que llevaría a un absurdo: o MC obtiene todos los plurinominales y queda hipersobrerrepresentado, o se le asignan solo 70, violando el artículo 52 que establece el número total de diputados.
* María Amparo Casar concluye que la decisión sobre la composición del Congreso es trascendente y que los magistrados deben sopesar todos los argumentos, especialmente en un momento en que la autonomía del Poder Judicial está en juego.

## Palabras clave

* Sobrerrepresentación
* Coalición
* Constitución
* Hiperpresidencialismo
* Poder Judicial

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