El texto de Alfredo Alcalá Montaño, fechado el 11 de Abril de 2025, analiza la reciente modificación realizada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) a un acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre la promoción del voto en la elección del Poder Judicial de la Federación. El autor examina las implicaciones de esta decisión, que amplía el espectro de entidades y personas autorizadas para promover el voto, y plantea interrogantes sobre la equidad y la posible influencia de los poderes del Estado en el proceso electoral.

La modificación del TEPJF permite a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, tanto a nivel federal como estatal (en elecciones locales), así como a los OPLEs y a las personas servidoras públicas, promover el voto de manera genérica.

Resumen

  • El INE, basándose en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE), había establecido criterios para garantizar la equidad en la promoción del voto para la elección del Poder Judicial.
  • El acuerdo del INE prohibía a los partidos políticos y a las personas servidoras públicas realizar proselitismo o manifestarse a favor o en contra de candidaturas, así como el uso de recursos públicos para promoción.
  • El TEPJF modificó el acuerdo del INE, eliminando la exclusividad de este organismo para promover el voto.
  • Ahora, los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial (federales y estatales), los OPLEs y las personas servidoras públicas pueden realizar promoción genérica del voto, siempre que no mencionen partidos o candidaturas, no utilicen recursos públicos y mantengan la imparcialidad.
  • Se permite la difusión de información institucional, educativa o de orientación social, pero sin favorecer a candidaturas específicas.
  • Las personas candidatas que ocupan cargos públicos no pueden participar en propaganda institucional, y los partidos políticos no pueden realizar actividades de promoción.
  • El material de promoción debe ser genérico y no identificar al órgano que lo emite.

Conclusión

  • La decisión del TEPJF abre un debate sobre la posible influencia de los poderes del Estado en la elección del Poder Judicial.
  • Se plantea la necesidad de revisar los filtros para el registro de candidaturas y considerar modelos alternativos, como el examen de oposición implementado en Hidalgo.
  • El autor enfatiza la importancia de la participación ciudadana en la elección del Poder Judicial y la necesidad de no dejar esta decisión en manos de unos pocos.
  • Se destaca la importancia de los tres poderes del Estado: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Sección: Política

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