Resumen del Artículo

* Caso: Familiares de una persona fallecida en un accidente de tránsito demandaron por daños, incluido el daño moral, a la empresa dueña del autobús.
* Sentencia: La Primera Sala de la SCJN falló a favor de los demandantes, reconociendo la constitucionalidad del daño moral.
* Definición de daño moral: Afección a los afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada o consideración de sí mismo.
* Presunción de daño moral: Cuando se vulnera la libertad o integridad física o psíquica.
* Obligación de indemnización: El responsable debe reparar el daño moral con dinero, independientemente del daño material.
* Consideraciones para determinar la indemnización: Derechos lesionados, grado de responsabilidad, situación económica de las partes y circunstancias del caso.
* Análisis de la regulación del daño moral: La SCJN citó la exposición de motivos de la reforma de 1982, ampliando la hipótesis a ataques a través de cualquier medio, incluidas las plataformas digitales.
* Conclusión: El artículo 1916 del Código Civil sobre daño moral es constitucional y no vulnera el derecho a la igualdad y no discriminación.
* Implicaciones para las plataformas digitales: La sentencia podría afectar a empresas como Google y Meta (Facebook) y sus ONG financiadas, que promueven recursos en los tribunales.
* Actualización del daño moral: Tanto las acciones como las omisiones ilícitas pueden actualizar el daño moral.

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