Este texto, escrito por Felipe De La Mata Pizaña el 27 de Noviembre de 2024, analiza la decisión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) respecto a las suspensiones de amparos presentados contra el proceso electoral para la selección de personas juzgadoras. El autor argumenta a favor de la continuidad del proceso, basándose en la supremacía constitucional y la imposibilidad legal de suspender actos electorales.

Resumen:

  • El proceso electoral para la selección de personas juzgadoras, un proceso inédito en México, continúa a pesar de las suspensiones emitidas por varios juzgados de distrito.
  • El TEPJF, en los asuntos SUP-AG-209/2024 y SUP-AG-632/2024, ha determinado que la suspensión de los actos relacionados con la elección a cargo del Instituto Nacional Electoral (INE) es constitucionalmente inviable. Esto se debe a que se trata de un proceso de orden público y constitucionalmente previsto.
  • La decisión del TEPJF se basa en tres argumentos principales:
    • La elección de personas juzgadoras es un mandato constitucional que establece un nuevo modelo de integración de autoridades judiciales, imponiendo deberes específicos al INE, el Senado de la República, el Ejecutivo federal, el Poder Judicial, entre otros. Estos deberes deben cumplirse para lograr la renovación de la judicatura federal en 2025 y 2027.
    • La complejidad del proceso, regido por principios electorales y que involucra derechos político-electorales de la ciudadanía, hace inviable su suspensión.
    • La reforma constitucional publicada el 31 de octubre (la llamada reforma sobre la “supremacía constitucional”) establece la no impugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución federal. Por lo tanto, suspender el proceso electoral de personas juzgadoras es inviable.
  • El TEPJF ha vinculado a todas las autoridades involucradas a dar continuidad al procedimiento electoral, ya que se trata de un mandato expreso de la Constitución federal, la norma suprema de la nación.

Conclusión:

El texto de Felipe De La Mata Pizaña defiende la decisión del TEPJF de mantener el proceso electoral para la selección de personas juzgadoras, enfatizando la supremacía constitucional y la imposibilidad legal de suspender los actos electorales. Se argumenta que la continuidad del proceso es fundamental para cumplir con el mandato constitucional de renovar la judicatura federal.

Sección: Política

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