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El texto de Lisandro Morales Silva, fechado el 29 de Octubre del 2025, explora la evolución de la justicia desde sus formas más primitivas hasta la justicia restaurativa, destacando ejemplos históricos y contemporáneos de cómo las sociedades han buscado equilibrar el daño y la reparación. El autor argumenta que la justicia restaurativa, aunque no es una panacea, ofrece una alternativa valiosa al sistema penal tradicional, especialmente en delitos menores y conflictos donde existe voluntad de reparación.

La justicia restaurativa no busca impunidad, sino sanar lo que la pena, por sí sola, no puede reparar.

📝 Puntos clave

  • El texto inicia con una revisión histórica de la justicia, desde el Código de Hammurabi hasta la Roma antigua, mostrando la evolución del concepto de justicia retributiva a la justicia restaurativa.
  • Se destaca la filosofía del Ubuntu en África y su influencia en las Comisiones de Verdad y Reconciliación en Sudáfrica, como un ejemplo de sanación colectiva a través del perdón.
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  • Se menciona el sistema de justicia restaurativa de los pueblos maoríes en Nueva Zelanda, que ha sido incorporado en el sistema penal juvenil del país.
  • Se presenta el caso de Cherán K'eri, una comunidad indígena en Michoacán, México, que ha implementado un sistema de justicia comunitaria basado en el diálogo, la mediación y la reparación del daño, logrando reducir significativamente la criminalidad.
  • Se indica que más de 400 municipios en México se rigen por sistemas normativos o de usos y costumbres que incluyen prácticas de justicia comunitaria o restaurativa.
  • Se enfatiza que la justicia restaurativa no es impunidad y que solo es aplicable en delitos menores o conflictos donde hay voluntad de reparación, complementando, pero no sustituyendo, al derecho penal.
  • El autor concluye que la justicia restaurativa ofrece una alternativa para humanizar el sistema de justicia mexicano, que actualmente se encuentra sobrecargado y distante de las víctimas.

Lo malo y lo bueno 👎👍

¿Qué limitaciones o riesgos presenta la implementación de la justicia restaurativa según el texto?

La principal limitación es que la justicia restaurativa no es aplicable a delitos graves como la delincuencia organizada, los homicidios dolosos, el secuestro o el narcotráfico. Además, requiere la voluntad de reparación y reconciliación por parte de los involucrados, lo que no siempre es posible.

¿Qué beneficios o ventajas ofrece la justicia restaurativa en comparación con el sistema penal tradicional, según el texto?

La justicia restaurativa ofrece la posibilidad de sanar las heridas causadas por el delito, restaurar las relaciones entre las partes y reintegrar al infractor a la comunidad. Además, puede ser más efectiva para reducir la reincidencia y humanizar el sistema de justicia, haciéndolo más cercano a las víctimas.

Sección: Política

 Este análisis con resumen se realiza con IA (🤖) y puede tener imprecisiones. leer el texto original 📑

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