El texto de Ángel Durán, escrito el 17 de octubre de 2024, analiza la situación de las Comisiones Estatales de Derechos Humanos en México, argumentando que estas instituciones no han cumplido con su objetivo principal de proteger a las víctimas de violaciones a los derechos humanos.
Resumen
Las Comisiones Estatales de Derechos Humanos en México han sido, lamentablemente, más un reflejo de intereses políticos que auténticas defensoras de las víctimas.
Su diseño, viciado desde su origen, ha priorizado proteger a los victimarios antes que a las víctimas.
Estas comisiones, en muchos casos, terminan siendo herramientas políticas más que órganos autónomos de defensa de los derechos humanos.
La Ley General de Víctimas establece el derecho de las víctimas a una reparación integral que incluya medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición.
Sin embargo, las comisiones estatales no han sido eficaces en garantizar estos derechos, y los procedimientos actuales tienden a re-victimizar a quienes buscan justicia.
Las Comisiones Estatales de Derechos Humanos deberían estar alineadas con el objeto y espíritu de la Ley General de Víctimas: garantizar la protección efectiva y la reparación integral de las víctimas del delito y de violaciones a los derechos humanos.
La falta de recursos suficientes y la falta de voluntad política para fortalecer estas instituciones han resultado en una deficiencia generalizada.
Las comisiones se encuentran limitadas por la ausencia de presupuesto adecuado y un proceso de selección de sus titulares que está lejos de ser el mejor para hacer que lleguen titulares con buenos perfiles.
Los congresos estatales, al designar a presidentes y consejeros sin los debidos méritos, convierten a las comisiones en "elefantes blancos" que no cumplen con su finalidad.
La Ley General de Víctimas establece el principio de no revictimización y la obligación de la buena fe de las víctimas para evitar criminalizar o agravar su situación.
Los mecanismos que actualmente se aplican están muy lejos de garantizar un trato digno, ya que las víctimas enfrentan procesos largos y agotadores que pocas veces resultan en una resolución satisfactoria.
Se debe adoptar un enfoque diferencial y especializado para atender adecuadamente las necesidades particulares de las víctimas más vulnerables.
La autonomía de las Comisiones Estatales es fundamental, ya que la Ley General de Víctimas indica que la asistencia y ayuda a las víctimas deben ser proporcionadas por las instituciones estatales y municipales.
Sin embargo, la realidad muestra que estas comisiones dependen en gran medida de los poderes estatales, lo cual compromete su independencia y capacidad de actuar frente a violaciones cometidas por autoridades locales.
Es crucial que, con las nuevas configuraciones políticas, se implemente un proceso de selección para los titulares de estas comisiones que sea realmente objetivo, con perfiles idóneos, alejados de los intereses partidistas y enfocados en la defensa de los derechos humanos.
Para que las comisiones estatales cumplan con su función de proteger y garantizar los derechos humanos, es necesario reestructurarlas desde su base, comenzando con el diseño de procedimientos adecuados que respondan a la protección integral de las víctimas, y garantizando la efectiva implementación de las medidas de no repetición, rehabilitación y compensación.
Urge que los legisladores y autoridades, en todos los niveles, se comprometan de manera real y efectiva a otorgar autonomía y recursos suficientes a estas instituciones, asegurando que las víctimas reciban el apoyo integral que merecen.
Conclusión
El texto de Ángel Durán expone una crítica contundente a la situación actual de las Comisiones Estatales de Derechos Humanos