Este texto de Jorge Fernández Menéndez, escrito el 15 de enero de 2025, analiza las posibles consecuencias de la designación de los cárteles mexicanos de narcotráfico como organizaciones terroristas (FTO) por parte de Estados Unidos. El autor explora las implicaciones legales, económicas y políticas de tal decisión, contrastándola con experiencias internacionales similares.

La designación de los cárteles mexicanos como FTO podría permitir la intervención militar de Estados Unidos en México, aunque esta posibilidad es remota y requiere autorizaciones adicionales.

Resumen

  • La designación de los cárteles mexicanos como FTO por parte del gobierno de Donald Trump es una posibilidad real, con un proceso que implica la presentación por el presidente o el secretario de Estado, consulta con la fiscalía y el Tesoro, y aprobación del Congreso.
  • Las sanciones impuestas a las FTO incluyen restricciones financieras similares a las de la OFAC, pero con mayor alcance operativo. Se prohíbe el apoyo material o recursos a las FTO, incluyendo dinero, servicios financieros, entrenamiento, armas, etc.
  • La designación de una organización como FTO impide a sus miembros extranjeros ingresar a Estados Unidos y puede facilitar su extradición. Las instituciones financieras deben retener y reportar fondos vinculados a FTO.
  • La experiencia de países como Colombia, con la designación de las FARC, el ELN y las Autodefensas Unidas como FTO, demuestra que las sanciones pueden afectar a las organizaciones criminales y sus aliados sin colapsar el sistema financiero o productivo del país. Sin embargo, la efectividad depende de la colaboración entre Estados Unidos y el país afectado.
  • El autor argumenta que México debería aceptar la designación de los cárteles como FTO, ya que esto facilitaría la cooperación internacional para combatirlos y reduciría el riesgo de acciones unilaterales por parte de Estados Unidos. Señala que los cárteles son organizaciones transnacionales, como el Cártel de Sinaloa, con presencia en 40 países.
  • La designación como FTO genera costos, pero principalmente para quienes se benefician de la relación con los grupos criminales. La experiencia con organizaciones como la ETA, el IRA, Sendero Luminoso, etc., demuestra que no se afecta necesariamente el sistema financiero o las remesas legítimas.
  • El autor critica la resistencia de México a aceptar la designación de los cárteles como FTO, atribuyéndola al miedo a las palabras y a las posibles complicidades. Considera que esta postura aumenta la probabilidad de acciones unilaterales por parte de Estados Unidos.

Conclusión

  • La designación de los cárteles mexicanos como FTO es una herramienta poderosa para combatir el narcotráfico, pero su efectividad depende de la colaboración entre México y Estados Unidos.
  • México debe superar su resistencia a aceptar la realidad de la naturaleza terrorista de los cárteles y colaborar con la comunidad internacional para combatirlos de manera eficaz.
  • La falta de colaboración de México aumenta el riesgo de acciones unilaterales por parte de Estados Unidos, que podrían ser ilegítimas o irracionales.
  • La colaboración internacional es crucial para combatir las organizaciones criminales transnacionales como los cárteles de la droga.
Sección: Internacional

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