El reparto agrario en la Constitución social mexicana, escribe Lenia Batres
Lenia Batres
El Universal
Reforma📜, Agrario🚜, Campesino🧑🌾, Ejido🏘️, Estado 🏛️
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El texto de Lenia Batres del 11 de enero de 2026 analiza la trascendencia histórica de la reforma al Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicada el 10 de enero de 1934. Se enfoca en cómo esta reforma, impulsada por el presidente Abelardo L. Rodríguez y posteriormente por Lázaro Cárdenas, materializó las promesas revolucionarias de reparto agrario, sentando las bases del Estado social posrevolucionario y reconfigurando la relación entre el campesinado y el Estado.
La reforma de 1934 significó la materialización del Estado social posrevolucionario, consagrando la obligación del Estado de intervenir para corregir desigualdades históricas.
📝 Puntos clave
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🤖 Análisis con IA
El texto señala que la centralización del reparto agrario, si bien facilitó la reforma, también generó una estructura paternalista y corporativa que casi suprimió la autonomía comunitaria, convirtiendo al ejido en un instrumento de control político. Esto sugiere que la búsqueda de justicia social pudo haber venido acompañada de una limitación de las libertades y la autodeterminación de las comunidades campesinas.
El aspecto más positivo del texto es la constatación de que la reforma agraria de 1934 logró materializar el derecho social subjetivo, poniendo la ley del lado de los desposeídos y permitiendo la redistribución efectiva de la tierra. A pesar de las políticas neoliberales posteriores, el ejido ha persistido como un régimen viable, demostrando la fortaleza y el impacto duradero de esta reforma en la garantía de acceso a la tierra, educación y servicios básicos para millones de familias.
 Este análisis con resumen se realiza con IA (🤖) y puede tener imprecisiones. leer el texto original 📑
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