## Introducción

Este texto, escrito por Miguel A. Rosillo, abogado y profesor de derecho, el 22 de junio de 2024, explora la relación entre el Estado y el orden jurídico, centrándose en la capacidad de reforma de la Constitución y los límites que esta posee. El autor argumenta que, si bien la Constitución permite modificaciones, existen principios fundamentales que no pueden ser alterados, como los derechos humanos y la forma republicana de gobierno.

## Resumen

* El texto comienza estableciendo que el Estado surge de un pacto constitutivo que da origen a la Constitución, la ley fundamental que provee estabilidad a la nación.
* La Constitución, como todo cuerpo social, está en constante evolución, por lo que prevé un mecanismo de reforma para reflejar la voluntad del pueblo.
* El artículo 135 de la Constitución establece que la misma puede ser adicionada o reformada, otorgando un amplio poder de reforma.
* Sin embargo, el texto constitucional también establece requisitos para que las modificaciones sean válidas, lo que implica que existen límites a la capacidad de reforma.
* El autor argumenta que ciertos principios fundamentales, como los derechos humanos, la forma republicana de gobierno, la separación de poderes y la independencia judicial, no pueden ser alterados por el mecanismo de reforma constitucional.
* Estos principios son considerados axiomas que guían el texto constitucional y que no pueden ser modificados sin poner en riesgo el pacto que dio origen a la nación.
* El autor concluye que el poder reformatorio formal no puede aprobar esquemas que mermen la independencia del poder judicial, ya que esto sería incompatible con la impartición de justicia.

## Palabras clave

* Estado
* Constitución
* Reforma constitucional
* Derechos humanos
* Poder judicial

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